El artículo 80 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece los objetivos de la Comunidad de Castilla y León en el ejercicio de sus competencias en esta materia, que son: fortalecimiento del sistema financiero regional, cumplimiento de su función económica y social, fomento de su participación en los objetivos económicos estratégicos de la Comunidad, protección de los derechos e intereses de los usuarios, promoción de la inversión en la Comunidad, vigilancia del cumplimiento de las normas de ordenación y disciplina, y protección de su independencia, prestigio y estabilidad.
Las funciones en materia de política financiera atribuidas a la Dirección General del Tesoro y de Política Financiera pueden sintetizarse en la ordenación y supervisión de cuatro grupos de entidades o intermediarios financieros:
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